Desde la aprobación de la Constitución española de 1978, el sistema educativo español ha experimentado un proceso de transformación por el que, paulatinamente, la Administración del Estado ha transferido funciones, servicios y recursos a las diferentes Comunidades Autónomas. Así, entre 1981 y el año 2000 todas las Comunidades han asumido las funciones, servicios y recursos tanto en materia de educación no universitaria como universitaria.
Este modelo descentralizado distribuye las competencias entre el Estado, las Comunidades Autónomas, y los centros docentes. El Estado tiene reservado el ejercicio en exclusiva de las competencias que salvaguardan la homogeneidad, la unidad y la garantía de las condiciones de igualdad básica en el ejercicio de sus derechos educativos fundamentales determinados por la Constitución. Son, en su mayor parte, competencias de índole normativa para la regulación de los elementos básicos del sistema, aunque también cuenta con otras de carácter ejecutivo.
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